Diccionario usual del Poder Judicial

individualización del imputado

Señalamiento de una persona acusada de la comisión de una conducta ilícita, según sus características físicas externas que le asignan particularidades que indican diferencias con otros individuos. La individualización del imputado se puede hacer a partir de las particularidades de su rostro, cabello, piel, ojos, limitaciones físicas, marcas en el cuerpo o etnia. || Señalamiento nominal de un acusado que corresponde a la personalización según su nombre, apellido y número de identificación. La individualización del imputado se da "tanto para establecer si la persona sometida al proceso es la misma persona contra la cual se dirige la pretensión penal (individualidad física del imputado), cuanto para reunir todos los datos externos que sirvan para distinguirlo de otros individuos (identificación nominal)".
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