Diccionario usual del Poder Judicial

indemnización al administrado

 Reparación, resarcimiento o compensación con la que la Administración responde por los daños que cause su funcionamiento, legítimo o ilegítimo, normal o anormal. Se exceptúan los casos de fuerza mayor, culpa de la víctima o hecho de un tercero. || Régimen de responsabilidad objetiva por un daño causado por la Administración, mediante el cual opera el deber de resarcir independiente de criterios de dolo o culpa en la actuación de sus servidores. En casos de indemnización al administrado "el daño alegado habrá [de] ser efectivo, evaluable e individualizable en relación con una persona o grupo".
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