Diccionario usual del Poder Judicial

impuesto sobre actividad turística

En Costa Rica, el establecido a favor del Instituto Costarricense de Turismo que grava con un porcentaje determinado y obliga el pago sobre la suma cobrada diariamente a los huéspedes por habitación en todos los hoteles, pensiones y locales análogos. Respecto al impuesto sobre actividad turística "las municipalidades del país quedan obligadas a comunicar al Instituto Costarricense de Turismo las patentes que otorguen para esta clase de negocios, así como las cancelaciones que de las mismas hubiere". > Instituto Costarricense de Turismo.
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