Diccionario usual del Poder Judicial

identificación policial de infractores

La realizada por cuerpos policiales, y no mediante reconocimiento judicial, que tiene una finalidad investigativa y la determinación de si la persona detenida es a la que se refiere la víctima o los elementos de prueba. "La identificación policial [de infractores] tiene valor a efecto de determinar si la persona aprehendida es aquella a la que se refiere la parte ofendida, evitándose con ello una innecesaria privación de libertad en aquellos casos en que se ha detenido a la persona equivocada, pues de lo contrario debería esperarse hasta la realización de un reconocimiento formal en sede judicial". > identificación del imputado (a). reconocimiento del imputado (a).
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