Diccionario usual del Poder Judicial

hurto agravado

En Costa Rica, sustracción o apoderamiento ilegítimo de bien  mueble total o parcialmente ajeno, sin que medie violencia sobre personas o las cosas, y que conlleva un aumento en el monto de la pena, cuando se realiza sobre ganado, aves de corral o productos para explotación agropecuaria; si es aprovechándose de un estrago; si se usa ganzúa o llave falsa; si es de equipaje de viajeros, en cualquier clase de vehículos o en los estacionamientos o terminales de las empresas de transportes; si es en vehículos dejados en la vía pública o en lugares de acceso público; si es de cosas de valor científico, artístico, cultural, de seguridad o religioso, cuando, por el lugar en que se encuentren estén destinadas al servicio, a la utilidad o a la reverencia de un número indeterminado de personas o librados a la confianza pública; o si dos o más personas lo cometen.

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