Diccionario usual del Poder Judicial

garantía real

Resguardo para el cumplimiento de una obligación pecuniaria que recae sobre un bien mueble o inmueble. “Las garantías reales son derechos reales, y en ese entendido, recaen sobre un bien, inmueble, en el caso de las hipotecas, y mueble, en el caso de las prendas”. “La garantía real faculta a su titular (el acreedor) para que, en caso de incumplimiento, promueva la venta del bien dado en garantía, a fin de que pueda cobrarse la deuda constituida a su favor”.

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