Diccionario usual del Poder Judicial

garantía de evicción

Obligación del vendedor de un derecho real o personal de asegurar al comprador el disfrute pacífico de la cosa vendida. || Deber que se le impone al vendedor de una cosa de amparar el dominio y uso de lo vendido, cuando el comprador es sustraído o perturbado en su derecho sobre el bien, por una sentencia judicial o administrativa. La garantía de evicción comporta la disposición legal de que "todo aquel que ha transmitido a título oneroso un derecho real o personal garantiza su libre ejercicio a la persona a quien lo transmitió". evicción. saneamiento por evicción.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.