Diccionario usual del Poder Judicial

extinción de la acción penal

En Costa Rica, pérdida o cese de la potestad del Estado de promover la actuación jurisdiccional que busca un pronunciamiento acerca de la comisión de un hecho ilícito, en virtud de: la muerte de la persona imputada; en ciertos casos, por el pago del máximo previsto para la pena de multa; la aplicación del criterio de oportunidad; la prescripción; el cumplimiento del plazo de suspensión del proceso a prueba; el indulto o la amnistía; en delitos de acción pública, revocatoria de la instancia privada; en ciertos casos, por la muerte del ofendido; la reparación integral del daño; la conciliación; incumplimiento de los plazos de la investigación preparatoria; en caso de sobreseimiento provisional, cuando no se haya reabierto la investigación, en el plazo de una año. > acción penal. investigación preparatoria. prescripción de la acción penal. principio de oportunidad. reparación integral del daño. sobreseimiento provisional. suspensión del procedimiento a prueba. || En delitos de acción privada, pérdida, del particular o del fiscal, de la potestad de promover la acción penal en virtud del desistimiento de la querella. > acción penal. querella.
©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.