Diccionario usual del Poder Judicial

excusa legal absolutoria

En derecho penal, institución jurídica que excluye la pena a imponer ante la comisión de un delito. “El delito de libramiento de cheques sin fondos es un delito de predominante actividad, y surge a la vida jurídica cuando se librare un cheque, si concurren las circunstancias establecidas en los incisos 1), 2) y 3) del artículo 243 del Código Penal, […]. En caso de que el librador abonare el importe del cheque sin fondos, lo que se reconoce en su favor es una excusa legal absolutoria, pues de acuerdo al párrafo final del artículo 243 quedará exento de pena, todo lo cual significa que la falta de pago previa prevención, no es un elemento objetivo conformante del tipo penal”. (Sentencia del Tribunal de Casación Penal, nº 1037 de 14:40 h de 23 de diciembre de 1997). || Figura que exime, al autor de una acción, típica, antijurídica y culpable, de la punibilidad. ► delito.

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