Diccionario usual del Poder Judicial

excepción de indebida acumulación de pretensiones

Excepción previa que se opone cuando se considera que en la acumulación de acciones estas se excluyen entre sí; o cuando el juez no es competente para conocer todas ellas; o cuando no hay identidad entre, al menos, dos de los elementos del conjunto que conforman la causa, el objeto y las partes. > acumulación de acciones. causa.1. objeto. parte.1.
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