Diccionario usual del Poder Judicial

error de derecho en la valoración de la prueba

En materia procesal y probatoria, error del juez o jueza consistente en otorgar a las pruebas un valor que no tienen, o en dejar de concederles el valor que la ley les atribuye. “El error de derecho implica que la jerarquía de los medios de prueba fue desatendida, o contrariada por los juzgadores, porque, valga citar a modo ejemplificativo, niegan sin motivo el valor de una confesión, o de los datos contenidos en un documento público”. “Cuando se alega error de derecho es necesario indicar las normas legales infringidas sobre el valor de los elementos probatorios apreciados erróneamente, y […] es indispensable expresar también las leyes que en cuanto al fondo resultan infringidas como consecuencia de los errores de apreciación reclamados, cuáles son las pruebas que han sido mal apreciadas y en qué consisten los errores cometidos”. (Sentencia de la Sala Primera de la Corte, n.º 108 de 15:00 h de 10 de julio de 1992). ► valoración de la prueba.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.