Diccionario usual del Poder Judicial

enmienda jerárquica

En Costa Rica, rectificación o corrección de errores que, mediante dictamen fundado, un superior jerárquico del Ministerio Público realiza sobre los pronunciamientos o solicitudes del inferior, si no se ha dictado la resolución correspondiente. “Para esta Cámara el artículo 18 de la Ley Orgánica del Ministerio Público contempla la posibilidad de la enmienda jerárquica por medio del fiscal superior frente a un criterio o solicitud de un fiscal subordinado con el cual no se está de acuerdo”. (Sentencia del Tribunal de Casación Penal de Cartago, nº 215 de 10:30 h de 21 de julio de 2011). ► Ministerio Público.

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