Diccionario usual del Poder Judicial

ejecución condicional de la sanción de internamiento penal juvenil

En Costa Rica, en cuanto a sanciones privativas de libertad contra una persona menor de edad, suspensión de la ejecución de la condena, condicionada a que razonablemente se pueda suponer que el menor imputado se comportará acorde a derecho, sin necesidad de ejecutar esa sanción. La ejecución condicional de la sanción de internamiento penal juvenil se podrá decretar en caso de que haya esfuerzos del joven victimario de reparar el daño causado; la poca gravedad de la conducta realizada; la conveniencia para el desarrollo educativo o laboral del sancionado; la situación familiar o social de este; y el hecho de que la persona menor de edad haya podido constituir, independientemente, un proyecto de vida alternativo a la comisión de delitos como norma de comportamiento. > internamiento en centro especializado en materia penal juvenil.
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