Diccionario usual del Poder Judicial

donar

Transmitir algo que es propio, de forma gratuita y voluntaria, a otra persona, y esta lo acepta. || Contratar de manera que un donante le atribuye a un donatario, sin contraprestación, un bien o derecho. Donar es un hecho que responde a un impulso espontáneo y generoso que mueve al donar a obsequiar los deseos de otra persona, a otorgarle cierto beneficio sin intento de obtener ninguna ventaja para sí, le guían la benevolencia y el desinterés. Para transmitir válidamente por donación, se requiere que la persona esté capacitada mental y legalmente para contratar, que sea suya la cosa que dona y que exprese en forma legal intención de donar. (Sentencia del Tribunal Agrario, nº 249 de 15:02 h de 21 de marzo de 2018). || Disponer de la sangre u órgano propios para efectos de trasplantes u otros fines médicos. || Autorizar la utilización de órganos para fines médicos.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.