Term | Definition |
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domicilio de persona jurídica |
Lugar donde está situada la dirección o administración de una entidad, empresa u organismo legalmente reconocidos, salvo lo dispuesto por sus estatutos o leyes especiales. Con respecto al domicilio de persona jurídica reconocida por ley, el artículo 61 del Código Civil costarricense anota que: "Cuando tenga agentes o sucursales permanentes en lugares distintos de aquel en que se halle la dirección o administración, se tendrá también como su domicilio el lugar de la sucursal o agencia, respecto a los actos o contratos que ejecuten o celebren por medio del agente".
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