Diccionario usual del Poder Judicial

dolo en materia civil

El que se da en lo referente al Derecho Civil y que comprende el fraude o astucia dañosa que se emplea, por una de las partes, para la ejecución del acto jurídico. Resulta relevante considerar que jurisprudencialmente el dolo civil se ha establecido como: “toda aserción de lo que es falso o disimulación de lo verdadero, cualquier artificio, astucia o maquinación que se emplee por una de las partes para conseguir la ejecución del acto jurídico”. (Sentencia del Tribunal de Apelación de Sentencia penal de San José, nº 1435 de 13:50 h de 12 de octubre de 2016).

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