Diccionario usual del Poder Judicial

deudor solidario (a)

Persona obligada conjuntamente con otra u otras a una misma prestación. Contra el deudor solidario se puede accionar por la totalidad de la obligación; si este paga, se liberan los restantes; con posterioridad, el pagador que fuera deudor solidario, puede reclamar a cada uno de los codeudores la parte que corresponda. codeudor (a).

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