Diccionario usual del Poder Judicial

desistimiento del delito

Renuncia, abandono o cesación de la ejecución de un delito como consecuencia de un proceso psíquico y propio del autor de la acción. "En el desistimiento [del delito] los motivos por los que el agente se determina a interrumpir la ejecución del delito encuentran su origen en la interioridad psíquica del sujeto, sin que concurran influencias externas capaces de hacer modificar su conducta (puede producirse, por ejemplo, por razones de conciencia, por miedo a la pena, vergüenza, piedad, arrepentimiento, etc.). En la tentativa, por el contrario, son más bien esas influencias externas concurrentes las que motivan la determinación, privando a esta del rasgo de la voluntariedad que caracteriza al simple desistir…” (Sentencia del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, Santa Cruz, N.º 194 de 15:30 h de 25 de mayo de 2018).

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