Diccionario usual del Poder Judicial

derecho de admisión

Atribución que se arroga un negocio o establecimiento público y que se concreta en una manifestación, por lo general escrita, donde se indica la posibilidad de rechazar o expulsar a determinados clientes, sin que haya circunstancia que lo amerite o razón que ofrecer. El ‘derecho de admisión’, salvo reglamentación específica, no es propiamente un derecho; sino una política de ingreso y estadía establecida por la administración de un local público. || En materia de asociaciones, potestad de determinados asociados para rechazar el ingreso de otros nuevos.

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