Term | Definition |
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depósito judicial | Entrega de un bien o de un derecho, dictaminada u ordenada por un juez o una jueza, a un depositario, para su guarda, custodia, administración, cuidado y manejo, ante la posibilidad del decreto de secuestro, embargo, ocupación, comiso y toda otra actividad conexa o necesaria que requiera su conservación. || Pago que debe realizarse, o que se realiza, ante una autoridad jurisdiccional o en una oficina judicial. |