Diccionario usual del Poder Judicial

decomiso municipal

Retención, incautación o privación de posesiones, eventualmente temporal, sin compensación, que realiza un gobierno local, ayuntamiento o representante de un concejo municipal. En relación con el decomiso municipal, la Sala Constitucional costarricense —voto nº 5268 de 04:41 p. m. de 18 de abril de 2007— ha determinado: “Reiteradamente esta Sala ha resuelto que solo a través de una sentencia judicial, recaída en el proceso penal, la autoridad municipal puede disponer de los bienes decomisados a su poseedor o dueño”.

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