Diccionario usual del Poder Judicial

declaración ante notario público (a)

En Costa Rica, manifestación, comunicación o testimonio rendido ante un profesional en derecho, especialista en derecho notarial y registral. "Reiteradamente, se ha resuelto que una declaración [rendida inclusive] ante [un] notario público no es prueba idónea en un expediente judicial, dado que en su recepción no participaron todas las partes, imponiéndose el ineludible contradictorio, base esencial de un debido proceso. Al resolverlo así el tribunal de segunda instancia no violentaron los artículos 330, 338 y 341 del Código Procesal Civil, como estima el recurrente". (Sentencia de la Segunda de la Corte, nº 9 de 10:10 h de 23 de enero de 2002).

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