Diccionario usual del Poder Judicial

daño ambiental ecológico

Daño que afecta la flora y la fauna, el paisaje, el aire, el agua y el suelo, de manera que sobreviene la inhibición de las funciones naturales. El daño ambiental ecológico "no se ubica sobre ningún bien de pertenencia individual. Es el perjuicio o detrimento soportado por los elementos de la naturaleza o el ambiente, sin recaer en una persona o cosas jurídicamente tuteladas. Se trata de un daño al ambiente, ya sea mediante su alteración o destrucción parcial o total, afectando en forma mediata la calidad de vida de los diversos seres vivientes del planeta".

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