Diccionario usual del Poder Judicial

crédito fiscal

Ingreso proveniente de contribuciones, aprovechamientos o situaciones conexas o accesorias que tiene derecho a percibir un Estado. || En Costa Rica, impuesto pagado en las compras de materiales o insumos, inmediatamente relacionados con la actividad o negocio del contribuyente. || Disminución de la obligación tributaria en la que se aminora el monto de la cuota a pagar por concepto de impuesto. “Podríamos decir que el crédito fiscal posee las siguientes características: -Debe cumplir con los principios reguladores de la materia tributaria. Como ejemplo de ellos, el crédito debe de cumplir con el principio de legalidad. -Debe tratase de sumas líquidas y exigibles o sea que estén precisadas en su cuantía y que su pago no pueda rehusarse conforme a Derecho. de tal forma el particular puede exigirle a la Administración la cancelación del crédito correspondiente. -Forman parte de las fases de extinción de la obligación tributaria y no de su determinación o de su nacimiento por cuanto el crédito fiscal se aplica directamente contra el monto que debe de cancelarse por concepto de impuesto. Como se analizó anteriormente, el crédito fiscal no actúa para efectos del cálculo de la obligación tributaria del contribuyente, sino que se concentra en disminuir el monto debido. – En los créditos fiscales como incentivo se da la entrega de un valor (crédito otorgado) a cambio de la satisfacción del interés general. Existe así una obligación recíproca entre el contribuyente y la Administración. El primero participa de la actividad de fomento del Estado por cuanto desarrolla actividades que la Administración desea promover con el fin de lograr alcanzar fines de interés general, y a cambio de ello, la Administración le otorga un crédito contra el pago del impuesto, o sea un crédito fiscal. – El crédito fiscal no es personal. De conformidad con lo anterior, el crédito fiscal de un contribuyente puede ser utilizado para el pago de impuestos de otra persona”. (CIJUL, Crédito tributario, naturaleza, características, abril de 2010).

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