Diccionario usual del Poder Judicial

costas del proceso contencioso administrativo

Gastos personales y procesales en que incurren las partes involucradas en un proceso concierne a conflictos jurídicos producidos entre el particular y la Administración, cuando esta realiza actos de poder o autoridad. Con respecto a las costas del proceso contencioso administrativo se ha dicho: "V.  Tocante al tema en discusión —pronunciamiento sobre las costas en caso de terminación anormal del proceso en sede contencioso administrativa— esta Sala, en reiteradas ocasiones ha indicado: “II.- Tratándose de desistimiento, satisfacción extraprocesal de la pretensión y caducidad, en procesos contencioso administrativos, la regla es que no hay condenatoria en costas, contrario, en consecuencia, a lo que ocurre en el proceso civil. Por vía de adición el interesado puede solicitar esa condenatoria, pero no se dispone a menos que el juzgador encuentre mérito para acordarla. Tal es el contenido de los incisos 1 y 2, del artículo 69 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Síguese, de lo anterior, que no es necesario, conforme a esa normativa, justificar la exoneración sino solo la condenatoria. De aquí que la falta de fundamentación o los errores que puedan existir en ella, adquieren relevancia en orden a la transgresión del citado artículo únicamente en tanto el pronunciamiento sea condenatorio...” (Sentencia número 133 de las 14 horas 30 minutos del 23 de setiembre de 1992.  En igual sentido, pueden consultarse, entre otros fallos, los números 786 de las 11 horas 30 minutos del 22 de diciembre de 1999 y 600 de las 9 horas 15 minutos del 26 de setiembre del 2003)". (Sala Primera, N.° 686 de 15:20 h de 22 de setiembre de 2005).

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