Diccionario usual del Poder Judicial

Convención Internacional sobre Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y Familiares

Documento suscrito por la Asamblea General de la ONU el 18 de diciembre de 1990, en la resolución 45/158 y se estructura en los apartes atinentes a la no discriminación en el reconocimiento de derechos; en la aplicación de los derechos humanos; otros derechos de trabajadores migratorios y sus familiares que estén documentos o que se encuentren en situación regular; disposiciones de categorías particulares; y promoción de condiciones satisfactorias y dignas. “En el contexto internacional, la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, adoptada por la Asamblea General de la ONU en su resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990, representa el esfuerzo más reciente de la comunidad internacional por regular la materia. Este convenio está basad[o] en los conceptos establecidos por los instrumentos de la OIT y sin duda amplía considerablemente el marco jurídico para la migración, pues extiende a los trabajadores migrantes “ilegales” y a sus familias los derechos —económicos, sociales y culturales— que el Convenio 143 de la OIT reconocía solo a los trabajadores legalmente establecidos y promueve la prevención de la explotación y de la migración irregular”. (Procuraduría General de la República, Opinión Jurídica: 045 - J   de 12 de mayo de 2009). trabajador migratorio (a).

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