Diccionario usual del Poder Judicial

contrato pactado en moneda extranjera

Convenio que contiene el compromiso de que los asuntos dinerarios serán saldados en una moneda que no es del país propio, o del lugar donde se celebra el acuerdo. Con respecto a la posibilidad de la existencia del contrato pactado en moneda extranjera, el decreto ejecutivo 33114 de 16 de marzo de 2006 (Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento) establece, en el artículo 21: “Artículo 21. Moneda de la contratación. La contratación podrá pactarse total o parcialmente en moneda extranjera, según la legislación vigente”.

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