Diccionario usual del Poder Judicial

contrato leasing financiero

Acuerdo mercantil que se refiere a la fórmula u operación financiera mediante la cual una sociedad especializada adquiere, a solicitud de un cliente, determinado bien y lo entrega a título de arriendo o alquiler con el fin de recibir una remuneración periódica y con la opción para el cliente, al vencimiento del plazo, de extender el contrato o de adquirir dicho bien. “El arrendatario o tomador en un leasing financiero debe correr con el mantenimiento del bien, como una de las obligaciones que se desplazan hacia él en un contrato de leasing y que diferente a esta figura del arrendamiento común y de otras figuras afines, donde el mantenimiento corre a cargo del dueño (…)” (Informe de Investigación CIJUL. Tema: Leasing financiero. https://cijulenlinea.ucr.ac.cr/ ). || Contrato de financiación o préstamo, en cual una empresa —dador— ofrece asistencia crediticia consistente en la entrega de un bien a un cliente —tomador— quien, con obligación de entregar una retribución periódica, lo recibe y vencido un plazo surge la eventualidad de adquisición o compra. El leasing financiero tiene por objeto la cesión en uso y goce a un sujeto —por lo general un empresario— de bienes muebles o inmuebles, por parte de otro sujeto —la empresa de leasing (una entidad financiera)—. El usuario se compromete a abonar a la empresa de leasing (entidad financiera) un canon periódico como equivalente de dicho uso y goce. Es facultad del usuario convertirse en propietario de los bienes, al vencimiento del período convenido, contra el pago de un precio residual predeterminado, si bien esto no es esencial en el leasing financiero (…)” (Informe de Investigación CIJUL. Tema: El leasing y sus modalidades. https://cijulenlinea.ucr.ac.cr/ ).

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