Diccionario usual del Poder Judicial

contrato de locación de obra

Convenio por el cual un contratista, con un tipo de relación no subordinada, se obliga a favor de la otra parte a realizar una obra material o intelectual, sea a título oneroso o gratuito. || Tipo de contrato por el que un contratista se obliga a lograr un resultado efectivo, material o inmaterial, asumiendo los riesgos propios de la actividad realizada y sin relación de subordinación; mientras la otra parte se compromete a pagar una suma dineraria. || Contrato por el que una persona se obliga ante otra a realizar una obra, por lo general, pago mediante. obra.

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