Diccionario usual del Poder Judicial

contrato de agencia

Pacto mercantil entre un fabricante o comerciante y un agente o representante, por medio del cual se encarga al segundo, a cambio de una remuneración, el impulso de negocios por cuenta, orden y en nombre del primero. || Contrato por el cual una de las partes asume, a cambio de una comisión, el encargo de promover, por cuenta y en representación de otra, actos u operaciones comerciales en un sector determinado. Con el contrato de agencia “el fabricante designa a un agente comercial como único y exclusivo en un determinado territorio para que desarrolle su actividad, en estricta colaboración comercial con su principal, en calidad de comerciante independiente”.

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