Diccionario usual del Poder Judicial

confesión en rebeldía en materia agraria

La que se da en contextos referentes a trabajos relacionados con el cultivo de la tierra, tratamiento del suelo, plantación, recolección de productos, su consumo y la transformación del medio ambiente para la satisfacción de necesidades. En cuanto a la confesión en rebeldía en materia agraria se ha dicho: "XX. […] Además, propiamente en lo que se refiere a la confesión ficta o en rebeldía, la Sala Primera ha explicado que aún [sic] cuando el confesante no se presente a absolver posiciones, puede admitirse prueba en contra de lo que se pretende tener por probado de esa forma, pues tal confesión se considera una ficción, y por lo tanto se le otorga valor relativo y no absoluto, por lo que debe ser apreciada en armonía con las demás probanzas del expediente. Sostiene también que el fundamento lógico de tal tipo de confesión, no permite al juzgador atribuir a una parte declaraciones contrarias a las auténticas ofrecidas por él dentro del proceso (ver sentencias de la Sala Primera N.° 76-98 de ... 29 de julio de 1998 y 590 ... del 18 agosto del 2000)... En tercer lugar, … el actor no se ve eximido de la carga de la prueba efectiva en relación con los hechos base de su demanda, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 317 del Código Procesal Civil, y su incuria al respecto lo obliga a asumir las consecuencias legales pertinentes, que se traducen normalmente en el rechazo de sus petitorias" (Tribunal Agrario voto 224-2005)". (Tribunal Agrario. N.° 300 de 11:36 h de 18 de abril de 2018).confesión en rebeldía.

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