Diccionario usual del Poder Judicial

competencia territorial en asuntos laborales

Esfera o condición que faculta al órgano decisor para conocer acerca de lo que se ha sometido a su autoridad a partir de una circunscripción específica, en asuntos concernientes al trabajo humano subordinado, realizado libremente, con relación de dependencia y a cambio de contraprestación. Con respecto a la competencia territorial en asuntos laborales, en Costa Rica se ha dicho: “II.- De acuerdo con el artículo 400 del Código de Trabajo [Ley 2 de 1943], los juzgados de trabajo ejercen jurisdicción en primera instancia en la circunscripción territorial correspondiente al circuito que le sirve de asiento, sobre los conflictos jurídicos o de intereses de su materia que señala el numeral 402 de ese mismo Código. Eso quiere decir que su competencia por razón del territorio comprende el conocimiento de esos conflictos que puedan ubicarse en todos sus elementos, subjetivos y objetivos, dentro de ese ámbito físico. (Sala Segunda N.° 387 de 10:30 h de 25 de abril de 2012). competencia territorial.

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