Diccionario usual del Poder Judicial

comisionista

En Costa Rica, persona que profesionalmente se dedica a desempeñar en nombre propio, pero por cuenta ajena, encargos para la realización de operaciones o actos de comercio. El artículo 273 del Código de Comercio, Ley N.° 3284, establece en su parte final: "Actuando a nombre propio, el comisionista asume personalmente la responsabilidad del negocio; y el que contrate con él no adquiere derecho alguno ni contrae obligación respecto al dueño del mismo. Puede también el comisionista actuar a nombre de su representado, caso en el cual lo obliga, y el tercero que con él contrata, adquiere derechos y contrae obligaciones con el mandante y no con el comisionista”. comisión. comisión mercantil. comitente. mandato 1.

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