Diccionario usual del Poder Judicial

certificación registral

Documento público, suscrito o rubricado por un registrador, en el que se da fe y tiene eficacia frente a cualquier persona, que acredita las titularidades de una finca registrada y los derechos vigentes o extinguidos anejos a ella. El Diccionario del español jurídico define la certificación registral como el “Documento que expide el registrador, bajo su responsabilidad, del contenido de los libros del registro, ordinariamente en relación con la libertad o gravamen de los inmuebles o derechos reales que constan en el mismo. ► documento público. registrador (a). registrar 1.

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