Diccionario usual del Poder Judicial

caducidad del proceso contencioso administrativo

Forma de terminación anormal del proceso a causa de la inactividad o incuria imputable al demandante. "A tenor del presupuesto de hecho del ordinal 68. inciso 1º, de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LRJCA) [la caducidad del proceso contencioso administrativo] se produce cuando, presentada la demanda, el procedimiento se detiene, antes de recaer sentencia, durante seis meses por culpa del actor". "La caducidad del proceso contencioso administrativo es un hecho jurídico procesal, que se justifica como un medio de evitar la prolongación excesiva de los procesos en aras de la seguridad jurídica, así como en la necesidad de garantizar la continuidad y eficiencia de la actividad administrativa".
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