Diccionario usual del Poder Judicial

autoridad parental

También llamada patria potestad. Ejercicio del poder, del derecho y del deber, devenido de una relación filial, de proteger a los hijos, regirlos, vigilarlos, educarlos, administrar sus bienes, representarlos legalmente y, de forma moderada, corregirlos. Tiene como características el ser irrenunciable, no se permiten su abandono ni delegación; es intransmisible, sus facultades y deberes están fuera del comercio; es temporal; no se extingue por falta de ejercicio y está sujeta al control judicial. ► derecho y deber.

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