Term | Definition |
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brujo (a) |
Persona a la que se le atribuyen poderes extraordinarios como consecuencia de pactar con diablos o fuerzas tenebrosas u ocultas. || Hechicero con poderes mágicos. || Persona que puede adivinar lo que va a suceder. || En femenino, mujer muy fea. || En femenino, mujer maligna. || Personaje mítico representado, sobre todo en la literatura infantil, por una mujer encorvada, con verruga en la nariz, ataviada con un tipo de gabán o tabardo, tocada con un sombrero picudo y que por las noches vuela montada en una escoba.
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bruneano (a) |
Relativo o perteneciente a Brunei.
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bruto (a) 1 | En economía, se dice de la cantidad dineraria íntegra o que no ha sufrido retención o descuento. Salario bruto. En asuntos económicos, ‘bruto’ se contrapone a ‘neto’. |
bruto (a) 2 | Tonto, sin capacidad ni habilidad. || Vicioso o desordenado en su vida o costumbres. || Violento, rudo, carente de urbanidad, educación o cortesía. || Se dice del producto o cosa que se halla en su estado natural, sin pulimento alguno. Petróleo bruto. Diamante en bruto. || Animal, por lo general cuadrúpedo y de gran tamaño o fuerza. |
bucear |
Sumergir el cuerpo en un líquido, generalmente en el agua. || Nadar bajo el agua provisto de aparatos para poder respirar. || Trabajar como buzo. || Analizar a profundidad un asunto. || En Costa Rica, buscar cosas útiles entre la basura. > buzo (a).
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buen |
Apócope de bueno.
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buen juicio |
Facultad para actuar con prudencia y acierto.
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buen padre de familia | Expresión relativa, utilizada en el ámbito jurídico, que designa a un arquetipo abstracto o modelo de persona que ha de tener cualidades particulares para la diligencia, cuido y administración de cosas y trato o atención solícita a personas. |
buen partido | ► partido. |
buena conducta | Calificación relativa, penitenciaria o policíaca que refiere acerca del comportamiento, social o privado, de una persona. || Comportamiento que se adecúa a lo prescrito por la ley. || Observancia de las normas sociales. Tener trabajo, hábitos de higiene, mantenerse alejado de situaciones violentas y controlar los impulsos negativos son circunstancias que se enmarcan en una buena conducta. |
buena fama | Término relativo que engloba la opinión social, pública y favorable, acerca de una persona. || Opinión pública favorable que se tiene de una cosa o producto. |
buena fe | Principio general de derecho que entraña la descripción de un estado psicológico de rectitud y honradez. Comprende tanto la no ejecución de conductas contrarias a derecho —no defraudar, no falsear—, como la exigencia de actuar acorde a él, deber de diligencia, deber de cooperación. La buena fe es un concepto jurídico indeterminado. || Comportamiento adecuado a las expectativas de otro. || Creencia personal de que, al momento de adquirir un bien, la persona que lo está transfiriendo es dueño de él y puede traspasar el dominio. || En materia contractual, modo sincero, abierto y sin engaño, con el que se debe contratar. || Convicción de que lo que se hace está permitido o no es ilegal. || Convicción de que se hace algo o se posee alguna cosa con derecho legítimo. || Intención abierta o espontánea. || Ingenuidad. || Inexistencia de desconfianza. |
buena fe procesal | Regla legal o concepto jurídico que implica el deber de las partes de actuar en el proceso, en armonía con las reglas establecidas y de acuerdo con la finalidad judicial de solucionar conflictos de relevancia jurídica. || Creencia o convicción que un litigante tiene de ser el titular de un derecho, el propietario de una cosa o que su conducta no contraviene la ley. |
buena fe procesal en materia penal | Deber de las partes, en el proceso penal, de actuar de conformidad con las reglas establecidas, con el fin inmediato y mediato de solucionar conflictos de relevancia jurídica penal y el mantenimiento de la paz social. Se puede decir que la buena fe procesal en materia penal es no actuar contra la finalidad esencial del proceso. ► paz social.
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buena práctica | En Costa Rica, en el ámbito judicial, acción realizada por una oficina o despacho judicial que favorece el mejoramiento de sus labores y que es posible replicar. |