Term | Definition |
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mancornar |
Fijar los cuernos de una res vacuna de manera que no pueda desplazarse o moverse. || Enyuntar, uncir. || Juntar o unir dos cosas semejantes.
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mancuerda | |
mancuerna | Correa que se utiliza para atar una res de manera que una pata quede amarrada a un cuerno. |
manda | Lo dado o legado en un testamento. || Oferta de dar alguna cosa. || Antiguamente, testamento. |
mandante 1 | El que, al ser el superior jerárquico, ordena al subalterno. || Quien impone un precepto u orden. || Persona que asigna y obliga la realización de algo. || El que encarga que algo se haga. |
mandante 2 | Persona que, en el contrato de mandato, confiere su representación personal o el desempeño de una gestión, servicio o negocio. ► mandato 2. |
mandar |
Ordenar algo el superior jerárquico, al subalterno. || Imponer un precepto u orden. || Asignar la realización de algo. || Encargar que se haga una cosa. || Enviar hacia algún lado. Lo mandaron para la India. || Gobernar, regir. Aquí Emiliano y Francisco son los que mandan. || Tener el mando. || Dirigir, regentar. || Dejar, transmitir, transferir algo a alguien en un testamento.
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mandarse |
En Costa Rica, atreverse, osar, determinarse a algo. Estaba insegura de cruzar la calle, pero finalmente se mandó. No sabían si contar aquello, pero se mandaron. || En Costa Rica, comerse algo. Tenía mucha hambre y solo me mandé una tortilla con queso. || En Costa Rica, tener relaciones sexuales. "Mandarse a alguien" es la consigna de aquel tipo de fiestas. El testigo contó que, después de mucho tratar, finalmente J. se mandó a T.
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mandatario (a) 1 | Persona que, generalmente por elección, ocupa un cargo importante en el Gobierno o representación del Estado. El jefe de Estado, o el presidente, es el primer mandatario del país. |
mandatario (a) 2 | Persona que, en el contrato de mandato, acepta representar personalmente al mandante o desempeñar una gestión, servicio o negocio. ► mandante 2. mandato 2. |
mandatario especial (a) | Persona que, en el contrato de mandato, acepta representar personalmente al mandante para efectuar uno o varios negocios determinados. ► mandante 2. mandato 2. mandato especial. |
mandatario especial judicial (a) | Persona que, en el contrato de mandato, acepta representar personalmente al mandante para efectuar o ejecutar diversas y determinadas actividades judiciales. ► mandante 2. mandato 2. mandato especial judicial. |
mandatario especialísimo (a) | Persona que en el contrato de mandato acepta realizar un acto específico, legalmente determinado, referente a aspectos esencialmente personales del mandante. ► mandante 2. mandato 2. mandato especialísimo. |
mandatario general (a) | Persona que, en el contrato de mandato, acepta la administración de todos o algunos de los negocios del mandante. ► mandante 2. mandato 2. mandato especial. |
mandatario general judicial (a) |
Profesional en Derecho que representa al mandante en todos los procesos que se tramiten en sede judicial, en los cuales el segundo es parte. ► mandante 2. mandato 2. mandato especial judicial. mandato general judicial. |
mandatario generalísimo (a) | Persona que, en el contrato de mandato, acepta la potestad de vender, hipotecar, enajenar o gravar toda clase de bienes del mandante; así como aceptar o repudiar herencias, gestionar judicialmente, celebrar contratos y ejecutar diversos actos jurídicos. ► mandante 2. mandato 2. |
mandato 1 | Contrato consensual, retribuido o gratuito, mediante el cual una de las partes entrega a la otra su representación personal y el encargo para el desempeño de una gestión, servicio o negocio. || Contrato de representación. |
mandato 2 | Orden o precepto que se le da a alguien para que lo cumpla. || Regla o disposición que se debe obedecer, observar y ejecutar. || Orden que se le da a un aparato para que realice una función. || En Costa Rica, representación dada en elección popular que se confiere al presidente, a los diputados, regidores y munícipes. || Tiempo que dura la presidencia de alguien. El mandato presidencial del doctor Abel Pacheco se extendió por cuatro años. |
mandato colectivo |
Contrato consensual, en el que hay pluralidad de mandantes, o mandatarios o diversidad de unos y otros. > mandatario. (a).2. mandante.2. mandato.2.
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mandato especial | El que se realiza para que el mandatario pueda ejecutar o efectuar uno o varios negocios determinados. "El mandato especial para ciertos actos de una naturaleza determinada debe limitarse a los actos para los cuales ha sido dado, y no puede extenderse a actos análogos, aunque estos podrían considerarse como consecuencia natural de los que el mandante ha encargado hacer". ► mandante 2. mandato 2. mandatario (a) 2. |
mandato especial judicial | El que se realiza para que el mandatario o abogado representante pueda efectuar diversas y determinadas actividades judiciales. Con un mandato especial judicial, el mandatario puede apersonarse como actor y seguir un juicio o juicios en diversas instancias. La jurisprudencia costarricense ha dispuesto que “[…] el contrato de mandato especial judicial es de carácter formal, en tanto sólo puede ser otorgado, por quien tiene la representación, únicamente a quien ostenta la profesión de abogado”. (Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, N.° 7 de 11:20 h de 24 de abril de 2013). ► mandante 2. mandatario 2. mandato 2. mandato especial. mandato general. |
mandato especialísimo | El realizado para que se ejecuten actos específicos, legalmente determinados, y que tratan de aspectos esencialmente personales del mandante. El poder otorgado para contraer matrimonio o tramitar un divorcio es ejemplo de un mandato especialísimo. |
mandato general | Contrato mediante el cual el mandante le otorga al mandatario poder para la administración de alguno o de varios negocios. |
mandato general judicial | El que se realiza para que una persona, profesional en Derecho, represente los intereses del mandante en todos los procesos que se tramiten en sede judicial. ► mandato 2. mandato especial judicial. mandato general. |
mandato generalísimo |
El que posibilita al mandatario para vender, hipotecar, enajenar o gravar toda clase de bienes del mandante, así como aceptar o repudiar herencias, gestionar judicialmente, celebrar toda clase de contratos y ejecutar diversos actos jurídicos.
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