Diccionario

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Term Definition
irse de las manos
Perder el control. || No tener dominio de una situación.
irse en la tira
> tira.
irse por alto
No reparar o advertir algo. || Olvidar algo que se debía hacer o tener en cuenta.
irse por la tangente

tangente.

írsele la boca
> boca.
írsele la cabeza
> cabeza.
isla
Extensión natural de tierra rodeada de agua, por lo general de forma permanente. || Porción artificial de tierra, u otro material sólido, rodeada permanentemente de agua por todas partes. || Espacio rodeado de elementos que no le son comunes. || En demarcaciones, zona separada del espacio vial o caminero que la circunda.
isla marítima
Extensión natural de tierra rodeada de aguas de mar y que se encuentra sobre el nivel de estas durante la marea alta o pleamar. > islas adyacentes.
islandés(a)
Relativo o perteneciente a Islandia.
islas adyacentes
La isla o conjunto de ellas -aun muy apartadas de una masa continental- que pertenecen a un territorio nacional. La Isla del Coco, situada a 532 kilómetros de la costa, es isla adyacente costarricense. > isla marítima.
isleño (a)
Perteneciente, relativo o natural de una isla. > isla. isla marítima.
islote
Isla pequeña y generalmente despoblada. > isla. isla marítima. || Peñasco o risco rodeado de agua.
israelí
Perteneciente o relativo a Israel.
italiano (a)
Perteneciente o relativo a Italia.
ITCO
>Instituto de Tierras y Colonización.
ITCR
> Instituto Tecnológico de Costa Rica.
ítem
Adverbio que se utiliza para distinguir artículos, secciones, capítulos o títulos de un escrito o documento. || Parte o unidad que compone un cuestionario. || En informática, elemento que forma parte de un dato.
iter

En latín, vaje, camino, recorrido. || Latinajo que se refiere al método, procedimiento o sistema seguido para llegar a una conclusión. En la resolución se nota la inobservancia y quebranto del ‘iter’ procesal y lógico.

iter criminis

Locución latina —‘camino del delito’— que se refiere a la creación doctrinaria que comprende el conjunto de fases o proceso ejecutivo que se da en el individuo, desde el momento en que surge la idea de cometer una acción delictiva hasta la consumación o realización de lo querido. ► fase externa del iter criminis. fase interna del iter criminis.

iter procesal
Locución que indica el orden y desarrollo de una causa o litigo.
itinerario (a)
Descripción de los lugares o puntos que se siguen en una ruta o recorrido. || Camino que se sigue para llegar a un sitio. || Catálogo o guía de datos pertinentes para realizar un viaje. || En viajes aéreos o marítimos: Dirección de vuelo o navegación marítima o acuática.
iura novit curia*

Aforismo o máxima latina que significa “el juez conoce el derecho”. El principio “iura novit curia” es un postulado procesal según el cual el órgano juzgador sabe cuál es el derecho aplicable al asunto ante él sometido; y por ello puede resolver con base en normas diferentes a las expuestas, o no referidas, por las partes. “Una vez determinados los hechos y formuladas las pretensiones, es al juzgador a quien corresponde emprender las sendas de la aplicación del Derecho, sin que para esa labor sea limitante la invocación a normas jurídicas que realicen las partes. Desde este plano, el principio de congruencia se complementa con el denominado postulado “iura novit curia”, (el juez conoce el Derecho), el cual implica que es a él a quien corresponde determinar cuáles son las normas aplicables al caso concreto”. principio de congruencia.

iuris et de iure

Locución latina que significa ‘por derecho y de derecho’ o ‘de pleno y absoluto derecho’. Presunción legal mediante la cual la existencia de un hecho, o acontecimiento, se da por cierta y por tanto la persona que se favorece está exenta de probarla. El domicilio legal y la paternidad del hijo habido dentro del matrimonio, son presunciones iuris et de jure. iuris tantum. presunción. presunción legal. || En doctrina jurídica, nominación de la presunción legal que no admite prueba en contrario. “En la literatura jurídica se sostiene habitualmente que las presunciones absolutas [‘iuris et de iure’] no son verdaderas presunciones sino normas, prescripciones o mandatos legislativos de carácter sustantivo o material, cuya función consiste en la aplicación del derecho objetivo. El rasgo peculiar que tendrían estas normas —se sostiene— es que son formuladas por el legislador en un lenguaje presuntivo. Pero la manera en que operan es esencialmente la misma, son normas jurídicas que anudan una consecuencia jurídica a un determinado supuesto de hecho”. Una presunción legal absoluta, iuris et de iure, existe cuando se parte legalmente de que las personas menores de 12 años de edad no tienen capacidad para disponer de su sexualidad.

iuris praecepta sunt haec: honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere

Preceptos del derecho que, en español, significan ‘Los preceptos del derecho son estos: vivir honradamente, no hacer daño a otro, dar a cada uno lo suyo’. (Ulpiano: Digesto 1, 1, 10, 1).

 

iuris tantum

Locución latina que significa ‘lo resultante del derecho’ o ‘tan solo de derecho’. Presunción legal por la cual se presume la existencia de un hecho o acontecimiento pero que, ante prueba en contrario, la persona que se favorece está obligada a demostrar la situación que le beneficia. “Como ejemplo de presunciones iuris tantum puede citarse: el nacimiento con vida de las personas, cuando existe duda sobre esa circunstancia; la voluntad de la entrega, por el acreedor, del documento original acreditativo de la deuda que se halle en poder del deudor; y la presunción de buena fe a efectos de la prescripción adquisitiva”. carga de la prueba. || En doctrina jurídica, nominación de la pretensión legal que admite prueba en contrario. Diversos “autores coinciden en que las presunciones legales relativas [‘iuris tantum’] se caracterizan por dos notas distintivas. En primer término, dichas presunciones dispensan a una de las partes de la necesidad de probar un hecho, concretamente, el hecho presumido. […]. En segundo lugar, las presunciones legales relativas se caracterizan por trasladar a la contraparte la carga de aportar prueba en contrario para desvirtuar la presunción, a fin de evitar que se produzcan los efectos jurídicos que la norma prevé”. || En doctrina, nominación de la presunción jurídica que admite prueba en contrario. Ejemplo de la presunción iuris tantum es la de legitimidad de los actos administrativos, en el tanto que esta puede ser desvirtuada por el interesado si demuestra que dichos actos quebrantan el orden jurídico. iuris et de iure. presunción. presunción legal. || Nombre de la presunción legal que se mantiene en tanto no se produzca prueba en contrario.