Diccionario usual del Poder Judicial

acto de efecto continuado

En derecho administrativo, acto cuyo carácter está determinado por la prolongación, en el tiempo, de sus efectos, de manera que existe una afectación, positiva o negativa, de la esfera jurídica de la persona. El acto de efecto continuados “opera cuando el acto incide reiteradamente en la esfera jurídica del particular, ya sea creando, modificado o extinguiendo durante ese período las relaciones o situaciones jurídicas que integran dicha esfera jurídica. (Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, N.° 181, de 11:08 de 24 de setiembre de 2020). acto de efecto instantáneo.

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