Diccionario usual del Poder Judicial

Dirección de la Policía de Fronteras

En Costa Rica, dependencia u órgano encargada de realizar acciones operativas propias y en coordinación con diferentes cuerpos policiales, instituciones públicas y privadas, órganos judiciales y otros gobiernos, mediante patrullajes fronterizos permanentes que permitan vigilar y proteger las zonas fronterizas. La Dirección de la Policía de Fronteras “Es creada el 15 de mayo del 2014 mediante Decreto Ejecutivo N° 36366-SP con la función de realizar acciones operativas, propias y en coordinación con otros cuerpos policiales, instituciones públicas y privadas, órganos judiciales y otros gobiernos, mediante patrullajes fronterizos permanentes que permitan vigilar y proteger las zonas fronterizas, en coordinación con otras instituciones en materia de ayuda humanitaria, protección al ambiente, estabilización en casos de desastres naturales o provocados por el ser humano, así como acciones de prevención de delitos nacionales e internacionales en las franjas fronterizas. Y coadyuvar en los procesos de integración de las comunidades y poblaciones indígenas, en las zonas fronterizas del país y todas aquellas que en su momento se requieran y establezcan las leyes y reglamentos”. https://www.seguridadpublica.go.cr/estructura/viceministrour/fronteras/.

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