Diccionario usual del Poder Judicial

contrato de transporte

Pacto por el cual se contrata el desplazamiento o traslado —que puede ser terrestre, acuático o aéreo— de un lugar a otro de personas, cosas o noticias. “El contenido [del contrato de transporte] está determinado, esencialmente, por expresión de los objetos a transportar, en referencia a sus condiciones, como, por ejemplo, fragilidad, poca duración, peso, volumen, cantidad; lugar a donde debe ser transportado, y en ciertos casos, en donde ha se ser recogido; plazo de entrega, precio. […] En cuanto a forma, dice el Código que, por una parte, puede ser verbal o escrito, pudiendo cualquiera de ellas obligar a que sea en la última especie. Por otra parte, caso de ser escrito, el documento probatorio del mismo, en el cual se escribe, se llama carta guía de porte o simplemente carta […]”. (Informe de Investigación CIJUL. Tema: Contrato de Transporte (Porteo) https://cijulenlinea.ucr.ac.cr/ ). || Tipo de contrato por el que una empresa transportista se obliga a trasladar ciertas mercancías, por la vía previamente determinada, a cambio de un precio o contraprestación. || En Costa Rica, en algunos contextos, tipo de contrato equivalente al contrato de porteo. contrato de porteo.

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