Diccionario usual del Poder Judicial

acto de trámite

Acto preparatorio de la resolución final, constituido como antecedente o integrante de procedimientos, que no tiene la virtud de decidir sobre el objeto del juicio y no expresa voluntad, sino una simple disposición administrativa, de manera que no produce, en forma directa, efectos jurídicos frente a terceros. “Por regla general [los actos de trámite], no son susceptibles de impugnación en vía jurisdiccional, excepcionalmente lo son cuando deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, de tal modo que ponen fin a la vía administrativa o hacen imposible o suspenden el procedimiento Administrativo". (Sala Primera, N.° 176  de 09:00 h  de 11 de octubre de 1991).

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