Diccionario usual del Poder Judicial

principio democrático

En materia electoral, mandato que determina que las normas y decisiones adoptadas a partir del proceso electoral no deben producir resultados injustos, absurdos o denigrantes. El principio democrático implica que “[n]ormalmente, esta regla está íntimamente ligada con el de respeto de la voluntad popular, e incluye tanto la normativa del propio proceso, como de los grupos políticos que participan en la contienda. Una de las reglas propias o derivadas de esta máxima es una persona un voto, propia del sistema inglés; así como las reglas propias de discriminación inversa como los mecanismos de participación para las mujeres, los jóvenes y los grupos zzados [sic]. Una consecuencia de su aplicación es la necesaria publicidad de todos los aspectos normativos atinentes a la elección”. (Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV, N.º 22 de 08:00 h de 23 de marzo de 2015).

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