Diccionario usual del Poder Judicial

derecho a la comunicación

Garantía que comprende la posibilidad de la persona de decidir cuándo, cómo, con quién y por cuáles medios se comunica; la disponibilidad de infraestructura y tecnologías que faciliten la circulación de información; la oportunidad de recibir y emitir información; y la potestad de decidir no comunicarse en condiciones no deseadas, así como la protección de la intimidad y a la vida privada. comunicación.

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