Diccionario usual del Poder Judicial

Tribunal Supremo de Elecciones

En Costa Rica, órgano de rango constitucional, con independencia de todos los poderes del Estado, encargado de la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio. El Tribunal Supremo de Elecciones tiene la función de convocar a las elecciones populares; nombrar los miembros de las juntas electorales; interpretar las disposiciones constitucionales y legales referente a la materia electoral; conocer en alzada de las resoluciones apelables que el Registro Civil y las juntas electorales dicten; investigar y pronunciarse con respecto a toda denuncia formulada por los partidos sobre parcialidad política de los servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos o sobre actividades políticas de funcionarios a quienes les esté prohibido ejercerlas; dictar, con respecto a la Fuerza Pública, las medidas pertinentes para que los procesos electorales se desarrollen en condiciones de garantías y libertad; ejecutar el escrutinio definitivo de los sufragios emitidos en las elecciones de presidente y vicepresidente de la República, diputados a la Asamblea Legislativa, miembros de las municipalidades y representantes a asambleas constituyentes; hacer la declaratoria definitiva de la elección de presidente y vicepresidente de la República; formular y publicar la división territorial electoral y fiscalizar el uso de los medios de comunicación colectiva que los partidos políticos empleen para su propaganda electoral. Registro Civil.

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