Diccionario usual del Poder Judicial

transparencia 2

Categoría política, sociológica, jurídica y administrativa que se refiere a la obligación de la Administración pública de informar a los ciudadanos de los procedimientos y resultados de la gestión administrativa. || Derecho de los administrados a ser informados, o buscar información, acerca de la actuación o función administrativa. En virtud de la transparencia “las organizaciones colectivas del Derecho Público —entes públicos— están llamadas a ser verdaderas casas de cristal en cuyo interior puedan escrutar y fiscalizar, a plena luz del día, todos los administrados. Las administraciones públicas deben crear y propiciar canales permanentes y fluidos de comunicación o de intercambio de información con los administrados y los medios de comunicación colectiva en aras de incentivar una mayor participación directa y activa en la gestión pública y de actuar los principios de evaluación de resultados y rendición de cuentas actualmente incorporados a nuestro texto constitucional”.

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