Diccionario usual del Poder Judicial

trabajador independiente (a)

Persona que realiza su trabajo por su cuenta e iniciativa y que es propietario del negocio. Implica que el sujeto asume los riesgos financieros, recibe los beneficios pecuniarios, ejerce el control sobre las labores, posee libertad para contratar personal, tiene la posibilidad de ejecutar trabajos y servicios para más de una persona, proporciona los materiales y equipo necesario, dispone de local en donde funciona la razón social, calcula los costos y precios, contrata seguros y ejerce el control del horario laboral. || Trabajador manual o intelectual que desarrolla por cuenta propia algún tipo de trabajo o actividad generadora de ingresos. || En Costa Rica, en materia de seguridad social, persona que obtiene un ingreso por cualquier tipo de trabajo o labor realizada por cuenta propia, con trabajadores a su cargo o sin ellos.

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