Diccionario usual del Poder Judicial

sobreseimiento total

El que comprende a todo imputado y a todos los delitos que se juzgan en una causa. El sobreseimiento total procede cuando es evidente que todos los hechos investigados no fueron cometidos, o no lo fueron por el único acusado o la totalidad de los imputados; los hechos no son delito; que medió una causa de justificación, inculpabilidad o de inimputabilidad; y que la acción penal se ha extinguido. El sobreseimiento total cierra de forma irrevocable y definitiva el proceso con relación a los imputados y a los hechos acusados.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.