Diccionario usual del Poder Judicial

salario mínimo

Pago mínimo normativamente establecido para una actividad laboral en el sector privado. En Costa Rica, el Consejo Nacional de Salarios  fija el salario mínimo mediante decreto. || Pago mínimo señalado que el trabajador debe recibir por la realización de determinada labor. || Derecho fundamental a un pago mínimo periódico por jornada laboral. En el artículo 58 de la Constitución Política de Costa Rica, se lee: “Todo trabajador tendrá derecho a un salario mínimo, de fijación periódica, por jornada normal, que le procure bienestar y existencia digna”.

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